El laudo arbitral es el dictamen expedido por los árbitros, solucionado de forma definitiva la controversia que las partes le habían sometido.
Todo laudo es definitivo, inapelable y de obligatorio cumplimiento desde su notificación a las partes y produce efectos de cosa juzgada, Asi lo establece el articulo N º 59 del Decreto Legislativo Nº 1071.