El arbitraje es un medio de solución de conflictos en forma privada, por el cual un tercero neutral e imparcial denominado árbitro, designado y remunerado por las mismas partes pone fin al conflicto definitivamente, a través de un laudo arbitral, vinculante e igual en sus efectos a una sentencia judicial.
El arbitraje esta reconocido constitucionalmente como la segunda vía para solucionar conflictos (además del proceso judicial), derivados de las relaciones contractuales y esta regulado por el Decreto Legislativo Nº 1071.
El articulo 138 de la Constitución de 1993 ordena que "la potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a través de sus órganos jerárquicos con arreglo a la Constitución y a las leyes". "No existe ni puede establecerse jurisdicción alguna independiente, con excepción de la militar y arbitral". Finalmente el articulo 62 dispone que " los conflictos derivados de la relación contractual sólo se solucionan en la vía arbitral o en la judicial".