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Modelo de contrato de compraventa

 CONTRATO DE COMPRA VENTA



Conste por el presente documento el contrato de compraventa de bien inmueble que celebran de una parte doñaALMENDRA  RIOS  GARCIA, identificada  con Documento  Nacional de Identidad  numero  23568945,  de nacionalidad peruana,  estado  civil casada   con  don CARLOS LUNA VEGA,  identificado  con Documento Nacional de Identidad numero 56231289,  de nacionalidad peruana, ambos con   domicilio en avenida  Uruguay    2356, distrito de Lince,  provincia y departamento de Lima, en adelante   LA VENDEDORA;    y de  la  otra  parte    doña SOLEDAD  VICTORIA   ROMERO  VIVANCO, identificada  con Documento  Nacional de Identidad numero 63798614,  estado  civil soltera, de nacionalidad peruana,  con  domicilio en  avenida  Wilson numero 1234,  Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima,  en adelante LA  COMPRADORA convienen libremente en los términos y condiciones siguientes.............................................................

 

ANTECEDENTES

PRIMERO. - LA VENDEDORA es propietaria del bien inmueble, ubicado en avenida Republica Argentina numero 428, Cercado de Lima, provincia y departamento de Lima, inscrito en la partida numero 56565685 de los Registros Públicos; con área 200 metros cuadrados, cuyos linderos y medidas perimétricas corren inscritos en los Registros Públicos.

 

OBJETO DEL CONTRATO

SEGUNDO.- Por el presente CONTRATO DE COMPRAVENTA,  LA VENDEDORA da en venta real y enajenación perpetua a favor de LA COMPRADORA y esta adquiere para si el inmueble descrito en la cláusula anterior del presente contrato de compraventa.


La venta se efectúa ad-corpus y comprende el suelo, fábrica, aires, usos, costumbres, servidumbres, entradas y salidas y todo lo que de hecho y por derecho corresponda al inmueble, sin reserva ni limitación alguna.

 

PRECIO

TERCERO.- El PRECIO de venta del bien inmueble descrito en la cláusula primera del presente contrato de compraventa asciende a la suma de US $ 50,000.00 DOLARES AMERICANOS (CINCUENTA MIL y 00/100 DOLARES AMERICANOS), los mismos que son cancelados por parte de LA COMPRADORA a la firma del presente contrato de compraventa, con la única constancia de las firmas de las partes al final de este documento.

 

CUARTO.- Ambas partes declaran que entre el bien inmueble que se vende y el precio pactado, existe la mas justa equivalencia, haciéndose renuncia expresa y mutua donación de cualquier exceso que pudiera existir y que no se perciben.

 

OBLIGACIONES DEL SANEAMIENTO

QUINTO.- LA VENDEDORA declara que el inmueble objeto de la presente compraventa, se encuentra libre de toda carga, gravamen, derecho real de garantía, medida judicial o extrajudicial o en general de todo acto o circunstancia que impida, prive o limite la libre disponibilidad y/o derecho de propiedad, posesión o uso del bien. No obstante el VENDEDOR se obliga al saneamiento por evicción, conforme a ley, que comprenderá en el artículo 1495 Código Civil.

 

GASTOS  Y  TRIBUTOS

SEXTO.- Ambas partes se obligan solidariamente por los impuestos y arbitrios, especialmente por el impuesto Predial, dejándose a salvo el derecho de cada parte para repetir contra la otra parte por cualquier desembolso que hubiera que hacer por estos conceptos.


Es de cargo de LA VENDEDORA el pago de los tributos y cualquier deuda tributaria pendiente de pago hasta la fecha de la Escritura Publica.
Será de cargo de LA COMPRADORA los tributos que se generen a partir de dicha fecha.

 

SETIMO.- Todos los gastos que ocasione el otorgamiento de la Escritura Publica, así como el impuesto de alcabala y los derecho de inscripción en los Registros Públicos serán de cuenta de LA COMPRADORA .

 

CLAUSULA ARBITRAL

OCTAVO.- Ambas partes acuerdan que todas desavenencias o controversias o reclamaciones que derivan de este Contrato o acto jurídico, serán resueltas definitivamente mediante arbitraje, cuyo laudo será definitivo e inapelable de acuerdo al Reglamento Arbitral del CENTRO DE ARBITRAJE LIMAMARC, por uno o más arbitros  nombrado conforme a su  Reglamento, a cuyas normas, administración y decisión se someten las partes en forma incondicional, declarando conocerlas y aceptarlas en su integridad.

 

APLICACION SUPLETORIA DE LA LEY

NOVENO.- En todo lo no previsto por las partes en el presente contrato, ambas partes de someten a lo establecido por el Código Civil y demás del sistema jurídico que resulten aplicables.

 

Lima, 07 de marzo de 2008


    ............................................................................

D.N.I. N° 

            VENDEDORA

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D.N.I. N° 


          COMPRADORA





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Fecha de última actualización: 05/10/2009


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